Sagasti propone que el Estado regule las cuotas de las universidades privadas

La senadora nacional presentó un proyecto de Ley para que las subas guarden relación con la inflación oficial y el salario mínimo, vital y móvil.

Anabel Fernández Sagasti.
Anabel Fernández Sagasti.

La senadora nacional del Frente de Todos por Mendoza, Anabel Fernández Sagasti, presentó un proyecto de Ley para regular las cuotas y aranceles de las universidades privadas. La iniciativa propone que se elabore un “dictamen técnico en materia de precios”, el cual “debe guardar relación con el índice de inflación oficial y el salario mínimo, vital y móvil”.

A través de cuenta de Twitter, la presidenta del PJ mendocino dio a conocer su propuesta y señaló: “Presenté en el Senado un proyecto de Ley para que el Estado establezca un marco regulatorio de cuotas y aranceles de las instituciones educativas de gestión privada del nivel superior y/o universitario”.

El texto cuenta con 17 artículos y en el primero de ellos establece que los establecimientos en cuestión tendrán que presentar un informe anual de precios en base a: importe de la cuota mensual; matrícula de inscripción; condiciones de reintregro; arancel por derecho de examen; cantidad de cuotas por año; forma y plazo de pago de las cuotas; criterios de aplicación por recargos ante mora; cantidad de alumnos por establecimiento; importe de libreta universitaria y certificado analítico de estudios, entre otros aspectos.

Se señala además que el informe de precios deberá ser presentado por las instituciones durante el transcurso del mes de octubre de cada año.

En tanto, la Autoridad de Aplicación -que será definida por el Poder Ejecutivo- en un plazo no mayor a 30 días debe realizar un dictamen técnico en materia de precios, sobre el informe presentado por los establecimientos mencionados y determina que dicho dictamen “debe guardar relación con el índice de inflación oficial y el salario mínimo, vital y móvil”.

Las instituciones educativas comprendidas por este proyecto “deberán contar con la autorización de la Autoridad de Aplicación” para implementar los “importes presentados en el informe anual de precios, como así también cuando requieran modificar, en el transcurso del año, el monto de la cuota mensual por la prestación de servicios educativos”.

Por otro lado, fija como fecha límite el 20 de febrero de cada año para la autorización para la implementación de los importes presentados. Y aclara que “en caso de no haber sido autorizados los importes fijados en el artículo 1°, se deben aplicar los establecidos para el año anterior”.

La senadora kirchnerista fundamenta su propuesta remarcando que “la falta de regulación por parte del Estado sobre estas instituciones provoca un desigual costo de la educación privada de nivel superior en las distintas jurisdicciones”.

Advierte que esto permite el “desmedido incremento de la cuota que éstas cobran por sus servicios” y que al no contemplarse la caída del poder adquisitivo para actualizarlas, los estudiantes que asisten a estas instituciones “deben abandonar o menguar su intensidad de cursada”.

Fernández Sagasti concluye haciendo hincapié que “un aumento injustificado no sólo repercute negativamente entre los que requieren acudir a estas instituciones, sino que afecta también a la comunidad en su conjunto”.

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