Polémica en Godoy Cruz por una ordenanza de “Buenas Prácticas Ciudadanas”

El proyecto será votado en el Concejo Deliberante de esa comuna en la mañana de hoy. La oposición peronista dice que “cercena el derecho a la protesta social”, justo cuando el Gobierno nacional discute los cortes de calle como método. Las multas que se vienen.

Un corte del corredor del Oeste llevado adelante por vecinos. Cuando se sancione el nuevo código de Buenas Prácticas Ciudadanas, se deberá pedir permiso en la comuna para manifestarse, pero sin cortar el tránsito, porque se aplicará multa. La falta es considerada grave.
Un corte del corredor del Oeste llevado adelante por vecinos. Cuando se sancione el nuevo código de Buenas Prácticas Ciudadanas, se deberá pedir permiso en la comuna para manifestarse, pero sin cortar el tránsito, porque se aplicará multa. La falta es considerada grave.

Hoy a las 10, el Concejo Deliberante de Godoy Cruz tendrá una sesión poco común. No sólo por el escenario (esta vez no van a debatir en la sede habitual en la Municipalidad, sino en el Club Social y Deportivo Villa Hipódromo). En el orden del día aparece un tema que causa escozor en la oposición: la ordenanza general de “Buenas Prácticas Ciudadanas”, una norma que desde el Frente de Todos no dudan en señalar que es muy similar al Código de Convivencia que sancionó la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza en 2014, cuyo “eje es cercenar muchos de los derechos que tenemos como ciudadanos. Ponen las buenas prácticas, por encima del derecho a la protesta social”.

La principal crítica opositora se da justo cuando desde el propio Gobierno nacional, conducido por el Frente de Todos, se discuten los cortes de calles por parte de organizaciones piqueteras, principalmente las vinculadas a la izquierda.

Desde la comuna explican que la ordenanza que se votará mañana recopila todas las ordenanzas que regulan las conductas en la vía pública. La jueza vial y de faltas de Godoy Cruz Victoria Suárez, explica que “había mucha dispersión de normas que hacen que el ciudadano no las conozca en su totalidad, complicadas al momento de la aplicación y algunas incluso han quedado desactualizadas, así como hay conductas que con el paso de los años empezaron a constituir una molestia para la comunidad. Se hizo un relevamiento de todas las ordenanzas que existían, se descartaron aquellas que hoy no tienen razón de ser y se incorporaron nuevas conductas. Se van a derogar muchas ordenanzas con esta. No es que va a cambiar la vida del ciudadano de Godoy Cruz”.

Así pues hay disposiciones conocidas, sancionadas por el Concejo Deliberante hace mucho tiempo, que incluso se repiten en la mayoría de las comunas de la provincia, como lo referido al manejo de perros en la vía pública, que están incluidas en el nuevo cuerpo normativo.

También aparecen las sanciones, que son multas cuantificadas en “Unidades Contravencionales” (UC). Las faltas leves tienen multa de 30 a 100 UC, las graves de 100 a 500 UC, y las gravísimas de 550 a 1.000 UC. ¿Cuánto vale cada Unidad Contravencional? Para 2022 vale 30 pesos cada una, así que la sanción mínima es de 900 pesos y la llegaría máxima 30.000.

¿Por qué usamos el potencial para una cuenta matemática? “Si es la primera falta, sin haber realizado otras infracciones, sino es una falta de especial gravedad, son 30.000 pesos en 2022″, explica Suárez. Es decir aparecen los adicionales: “en el Código de Faltas municipal existen las faltas de especial gravedad, que son aquellas acciones que afectan la salud o el ambiente; en ese caso, el valor de la multa se puede aumentar hasta 10 veces. También hay que analizar si hay concurso, es decir que se haya cometido más de una falta, que en ese caso se suman las multas, y se duplica el monto si hay reincidencia”, dice la jueza de Faltas comunal.

Aclaración: ya existe un Código de Faltas municipal, sancionado en 2018; por el que los ya conocidos juzgados viales se transformaron en Viales y Faltas. Ese código es de procedimiento, en el que se determina cómo se organizan los juzgados, las penas, prescripciones, requisitos de las actas y procedimiento ante los juzgados. En el nuevo, que se votará mañana, se regula la conducta de los vecinos en la vía pública.

Otra consideración: el Código de Buenas Prácticas Ciudadanas es complementario del Código Contravencional de la Provincia, ley 9099 que se sancionó en Legislatura en 2018, impulsado por Alfredo Cornejo. En el artículo 1 de esa ley dice que “si la misma materia fuera prevista por éste Código, y por una ordenanza municipal, se aplicará la segunda. En caso de duda, se resolverá a favor de la aplicación del Régimen Municipal”. De esta manera Godoy Cruz introduce su propio código, con algunas disposiciones comunes con la ley 9099.

Tercera consideración: Godoy Cruz es el único municipio que tiene juzgados de faltas municipales. Si bien Capital tiene su Código de Convivencia, nunca estableció un fuero municipal para resolver las disputas. “La diferencia con otros municipios es que el conflicto es no es resuelto por actores político-administrativo (directores, secretarios e intendente), sino por órganos independientes, especializados (en la materia) y técnicos (jurídico), que garantizan el ejercicio del derecho de defensa por parte del vecino, y el control final de legalidad de los actos de la Municipalidad” explica la jueza Suárez.

Para que se inicie un expediente ante los juzgados municipales tiene que haber un acta labrada por un inspector, constatando la conducta transgresora. Un vecino también puede hacer una denuncia (se piden pruebas, filmaciones, fotos, testigos); la comuna también hace una investigación.

Si el acta la inicia un vecino, el denunciante no es parte de las actuaciones, porque se tratan cuestiones confidenciales del denunciado. Si va a conocer la decisión final. Cuidado, también se sanciona la falsa denuncia.

El juzgado no siempre interviene. Sólo se llega a esa instancia cuando hay descargo del denunciado; sino hay defensa, se aplica la multa.

Las controversias

“Como todo código de convivencia es polémico en un montón de puntos. Hicimos 47 observaciones. Han tenido cuenta dos, que no modifican en absoluta el fondo de la cuestión. El texto deja cosas muy abiertas a interpretaciones que pueden ser peligrosasdice el presidente del bloque de concejales del Frente de Todos Martín González.

Más allá de esas 47 observaciones, González apunta a unos pocos cuestionamientos. El principal es los límites al derecho de protesta.

“Si los trabajadores municipales quieren hacer una protesta, hay que pedirle permiso al empleador, con las consecuencias que eso tiene. Lo deniegan y ponen multa. Ya hemos visto que pasa en Capital, ponen multa a las manifestaciones de sectores de otro color político y con las del propio miran para otro lado”, dice González.

Desde el oficialismo, el presidente del Concejo Deliberante, Fabricio Cuaranta, dice que “la ordenanza propone establecer las bases de un diseño comunitario que favorezca el desarrollo sustentable del departamento. Uno de los pilares es la preservación del espacio público como lugar de convivencia y civismo. El segundo pilar es la promoción un mecanismo de resolución de conflictos que fortalezcan los vínculos comunitarios”.

El concejal del Frente de Todos mete una comparación. “Es muy parecido al Código de Convivencia de Víctor Fayad, aun cuando le ponen Código de Buenas Prácticas. El eje es cercenar muchos de los derechos que tenemos como ciudadanos. Ponen las buenas prácticas, por encima del derecho a la protesta social” dice González.

Los artículos apuntados son el 19 y el 21. El 19 dice que “toda persona que realice la ocupación o uso de la vía pública o espacio público con una finalidad distinta para la que está destinado dicho espacio o vía pública, o lo utilice con finalidad lucrativa, o realice una ocupación o uso que por su extensión temporal o modalidad afecte la normal convivencia y/o uso del resto de la ciudadanía, sin haber obtenido el permiso previo obligatorio y/o cumplimentado las disposiciones vigentes para la ocupación, será sancionado con la pena correspondiente a las infracciones graves”.

El 21 indica que “queda garantizado el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanía reconocidos en la legislación vigente, y en especial, los derechos de manifestación, expresión y participación en el ámbito del Departamento de Godoy Cruz, siempre que se realice por medios lícitos de manera tal no afecten el libre tránsito, la libre circulación peatonal y el uso de los servicios públicos o privados y el comercio. Queda prohibido la utilización y/o daño de cualquier bien público, a los fines de materializar o visibilizar cualquier tipo de manifestación”. La falta es grave.

El otro punto cuestionado por la oposición municipal está contenido en el artículo 30 del proyecto. Allí se dice que “está prohibida la práctica de competiciones y/o juegos deportivos o recreativos en el espacio público no destinado o habilitado para estas actividades, o cuando por su extensión temporal o modalidad, lesione derechos de los ciudadanos, afecte la normal convivencia y/o el uso equitativo del espacio público por parte del resto de la ciudadanía”.

El concejal González dice que “así como está redactado, un pibe que esté jugando en una plaza puede que termine en una multa al padre, aún cuando dicen que eso no lo van a hacer, la letra lo permite”.

Ese artículo tiene un segundo párrafo: “está especialmente prohibida la práctica de juegos o actividades con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios y/o instalaciones, tanto públicos como privados. Queda prohibida la realización de actividades artísticas y/o acrobacias con patines, bicicletas, skate, monopatines, en tela, o cinta tensa y cualquier otro elemento similar, en escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas con discapacidad, barandas, puentes, árboles, y/o cualquier otro elemento del mobiliario urbano o espacio público no destinado y/o habilitado para dichas actividades”.

La oposición también cuestiona el artículo 26, en el párrafo en el que prohíbe distribuir panfletos impresos en la vía pública, salvo autorización expresa de la comuna. “Imagine si el dueño de un parripollo del barrio La Gloria van a venir a pedir permiso para entregar ofertas. Son cosas inaplicables”.

Fiesta en Villa Hipódromo

Como se dijo, la sesión del Concejo Deliberante de Godoy Cruz no será en el recinto oficial, sino que los concejales sesionarán en el Club Social y Deportivo Villa Hipódromo, ubicado en Paso de los Andes al 1.500. Allí no solo habrá bancas y ediles. También habrá una plaza de servicios. Prometen que de 9 a 12 habrá stands de vacunación, diferentes planes municipales, orientación sobre becas Progresar, inscripción a la biblioteca Manuel Belgrano, registro civil móvil, quirófano móvil para mascotas, se darán turnos para obtener la licencia de conducir, entre otros asesoramientos y servicios.

Toda la fiesta es por el lanzamiento del programa que empuja el presidente del Concejo Deliberante Fabricio Cuaranta, “El Concejo sesiona en tu barrio”. La promesa es que los ediles salgan a sesionar una vez por mes en diferentes barrios de Godoy Cruz. Y, por supuesto, llevar todos los servicios posibles para los vecinos.

Cuaranta dice que la idea estaba en agenda antes de la pandemia, como una forma de fomentar la participación ciudadana y que los vecinos interactúen con los ediles. Ahora la idea vuelve, aunque es inevitable hacer la asociación electoral.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA