La interpretación jurídica con la que algunos fiscales evitan pagar ganancias

A pesar de que la Corte nacional estableció que deben pagar todos los magistrados nombrados a partir de 2017, en Mendoza el Procurador exceptúa a los que tienen carrera judicial previa.

“Creemos que la interpretación correcta es esta”, dice Gullé diferenciándose de la Corte y la Defensoría. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes.
“Creemos que la interpretación correcta es esta”, dice Gullé diferenciándose de la Corte y la Defensoría. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes.

“Ningún magistrado ni funcionario judicial paga hoy el impuesto a las Ganancias, que sí tributan millones de trabajadores y funcionarios del sector público y privado”. La frase que usó Alberto Fernández el 1 de marzo en el Congreso en el marco de la ofensiva de su Gobierno contra el Poder Judicial fue contundente, pero falsa. Todos los magistrados que asumieron sus cargos a partir del 1 de enero de 2017 en el país pagan este impuesto. No son la mayoría, un 20% aproximadamente. Pero a medida que se van jubilando los de mayor antigüedad, la porción va creciendo.

Sin embargo, en medio de este cambio de época, en Mendoza hay un grupo de fiscales que mantienen el antiguo privilegio de no tributar Ganancias. Mediante un “método” del procurador Alejandro Gullé, algunos miembros del Ministerio Público Fiscal (MPF) pudieron saltarse la disposición de la Corte Suprema de la Nación que los obliga a pagar ese impuesto. Así, los fiscales son hoy los privilegiados del Poder Judicial de la provincia, ya que tanto a los jueces - incluidos los de la Corte- como a los defensores nombrados desde 2017 se les descuenta el 35% de su sueldo por este impuesto.

Todo empezó en diciembre de 2016, cuando el Congreso aprobó la Ley 27.346 que, en su inciso 5, ratificó que los funcionarios del Poder Judicial no deben pagar Ganancias a menos que su nombramiento haya sido posterior a 2017. Eso dio lugar a la resistencia a través de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. Mediante una cautelar, el gremio de los jueces pidió que se interpretara la palabra “nombramiento” como “ingreso al Poder Judicial”, es decir que si alguien que se convirtió en magistrado después del 1 de enero de 2017 pero ya trabajaba en la Justicia (como secretario, por ejemplo), también debe estar exento de pagar el impuesto. Un tribunal federal aceptó el reclamo y el privilegio para casi todos los magistrados continuó.

Sin embargo, la Corte nacional revocó esa interpretación en noviembre de 2018 tras un planteo del entonces ministro de Justicia, el macrista Germán Garavano. Así, cada ascenso judicial debe ser contabilizado como nuevo nombramiento; por lo tanto, debe pagar Ganancias si ocurrió a partir de 2017.

El acuerdo para implementar esto lo firmó Garavano con el Ministerio Publico Fiscal y la Defensoría General de la Nación, el Consejo de la Magistratura y la Asociación de Magistrados en diciembre de 2018. Allí se invitó a “adherir” a los poderes judiciales de las provincias. Y así lo hicieron en Mendoza la Suprema Corte y el Ministerio Público de la Defensa (MPD) en febrero de 2019. También el MPF con la resolución 152 firmada por Gullé el 18 de marzo. Sin embargo, el Procurador introdujo una aclaración que hoy evita que los fiscales de carrera nombrados a partir de 2017 paguen Ganancias.

Copiando la letra chica de una recomendación del Consejo de la Magistratura, Gullé se encargó de aclarar que los sueldos de “los funcionarios o empleados que hubiesen ingresado con anterioridad al año 2017, cualquier sea la modalidad de empleo, incluso cuando a partir de ese año fueran efectivizados en el mismo cargo o uno inferior o promovidos a otro cargo de empleado o funcionario, siempre que no mediase solución de continuidad, quedan exentos de la aplicación del impuesto”.

Así, sólo los que a partir de 2017 llegaron “de la calle” y se convirtieron en fiscales están alcanzados por el impuesto, algo que no ocurre casi nunca porque los miembros del MPF suelen ser empleados de carrera: empiezan de abajo y van ascendiendo en el escalafón. Gracias a esto, sólo 25 de los 107 fiscales de la justicia provincial pagan Ganancias. En contraste, tanto la Suprema Corte como el MPD resolvieron aplicar el fallo nacional a rajatabla: jueces y defensores pagan si ascendieron después de 2017, aunque hayan empezado a trabajar en la Justicia antes de esa fecha. El caso paradigmático es la actual ministra de la Corte Teresa Day, de larga carrera en el MPF y ascendida a suprema en 2020. Desde junio de ese año tributa Ganancias como jueza, aunque si hubiera ascendido a fiscal en su antigua dependencia no lo haría.

La justificación de Gullé

Para Gullé, a pesar de que su resolución contradice lo dispuesto por la Corte Suprema, no hay ninguna irregularidad en la situación de los fiscales “de carrera” que continúan exentos de pagar. “Nosotros seguimos la postura de la reglamentación recomendada por el Consejo de la Magistratura, que la toman varias provincias. Hemos calcado los requisitos que exige el Consejo sobre quiénes se encuentran alcanzados por el impuesto”, argumentó ante Los Andes.

Para el Procurador, “a un ayudante fiscal que es ascendido a fiscal después de 2017 se lo considera nombrado antes, es la interpretación que dan casi todos. Sólo pagan los magistrados que ingresaron después de 2017”. Y ejemplificó con otro juez de la Corte, Dalmiro Garay, quien llegó desde la calle en 2018; es decir, sin carrera judicial previa, por lo que sí tributa. En cuanto a Day, aseguró que paga de manera “voluntaria”, aunque este diario verificó que no es así.

Gullé insistió en que la resolución que le permitió a muchos nuevos fiscales de la provincia evitar que les descuenten Ganancias, es legal. Y que es “el mismo criterio” que usaron la Procuración de la Nación y los ministerios públicos de la provincia de Buenos Aires y la CABA. “Nosotros entendemos que la interpretación correcta es ésta. Si la Corte (de Mendoza) interpretó de otra manera, tiene derecho a eso pero yo no concuerdo. Y la Defensoría siguió los pasos de la Corte. Me parece que siempre hay que interpretar en beneficio y no en perjuicio del funcionario que por mérito ha ascendido”.

Para el jefe de los fiscales, hacerle pagar Ganancias a un empleado judicial que asciende a fiscal lo perjudica: “Si yo considerara que tienen que pagar, ellos ganarían menos de lo que ganaban antes siendo ayudante fiscal. Es un absurdo”.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA