Campaña promueve el derecho a votar de las personas internadas por salud mental y discapacidad

“El hecho de tener un padecimiento mental no significa que una persona no pueda elegir sobre su vida, su tratamiento, el gobierno y los legisladores que vayan al Congreso Nacional. Y esa capacidad de elección tiene la misma cualidad que la de cualquier persona”.

Leonardo Gorbacz, director nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, perteneciente a la Secretaría de Derechos Humanos. Gentileza / 3500noticias.com
Leonardo Gorbacz, director nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, perteneciente a la Secretaría de Derechos Humanos. Gentileza / 3500noticias.com

Organismos del Estado nacional implementaron una campaña con apoyo de la sociedad civil para promover el ejercicio de la ciudadanía y el derecho al voto de más de 12.000 personas que se encuentran internadas en instituciones de salud mental y discapacidad, tal como dice diversas normas nacionales e internacionales vigentes en la Argentina.

”No es suficiente con que los derechos están establecidos en la legislación, hay que realizar acciones positivas”, señaló Leonardo Gorbacz, director nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, perteneciente a la Secretaría de Derechos Humanos.

Frente a ello y de cara a las próximas elecciones de medio término -las PASO-, el gobierno nacional creó la Mesa por el derecho al voto, que está conformada por la Secretaría de Derechos Humanos, la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones, el INADI, la Dirección Nacional Electoral, el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental y la Agencia Nacional de Discapacidad.

La Mesa determinó que entre los principales obstáculos que las personas en situación de internación encuentran para participar de las elecciones se encuentran: dificultades interpretativas de normas, como las que dan lugar a las exclusiones del padrón por contar con una restricción de la capacidad jurídica, es el caso del Código Nacional Electoral en su art.3 inc. a; dificultades para acceder al DNI, que se encuentra retenido por las instituciones o los familiares, también falta de acceso a la información, al chequeo del padrón, al sistema de emisión del voto y la participación política; a su vez, la movilidad y el acompañamiento el día de la votación y la gestión de las autorizaciones para poder salir de las instituciones. ”El hecho de tener un padecimiento mental no significa que una persona no pueda elegir sobre su vida, su tratamiento, el gobierno y los legisladores que vayan al Congreso Nacional. Y esa capacidad de elección tiene la misma cualidad que la de cualquier persona”, reflexionó el funcionario, quien es coautor de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 (LNSM). Gorbacz agregó: “Todos elegimos desde nuestra historia, nuestras preferencias, nuestros miedos. Nos podemos equivocar, pero no existe ninguna limitación distinta a la que tienen el común de las personas”.

El Primer Censo Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental, realizado en 2019, determinó que 12.035 personas estaban en esa situación en las 162 instituciones públicas y privadas relevantes en 21 jurisdicciones del país. ”A ese número habría que sumarle las personas que están en comunidades terapéuticas, que no se relevaron, y las que están en instituciones de discapacidad”, dijo Gorbacz. “Estimo que estaríamos hablando de unas 20.000 a 30.000 personas. La mayoría de ellas no está en situación de crisis, sino de cronificación, es decir, no necesitarían permanecer internadas“. Ese tipo de casos, aclaró el funcionario, respondió a “internaciones prolongadas por problemáticas sociales”, en las cuales se combinan crisis de salud mental con situaciones de pobreza. En este sentido, destacó el funcionario que la LNSM “promueve que puedan volver a revincularse con sus familias o poder residir en la comunidad a partir de dispositivos como las casas con apoyo o de medio camino”.

A su vez, Gorbacz recordó que “existía una inhabilitación para muchas de esas personas, que en el viejo Código Civil era la insania o incapacidad, que todavía sigue existiendo en muchos países”. A partir de ese paradigma tutelar, descrito el funcionario, se conformó la concepción que “las personas con problemas de salud mental graves no pueden tener capacidad jurídica y autonomía para ejercer sus derechos y, por lo tanto, otra persona tenía que decidir por ellos” , detalló. A los cambios establecidos por la LNSM, tanto en materia de derechos como en condiciones de internación, se resumen los producidos por la Ley Nacional de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud Nº26.529, la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad -tiene rango constitucional desde 2008- y el nuevo Código Civil y Comercial, que “son consistentes en apuntar a la promoción de la autonomía, la participación y al respeto de la capacidad jurídica de todas las personas, más allá de sus diagnósticos o padecimientos mentales“.

El Censo de 2019 informó que, si bien “el 92 por ciento de las personas refirieron contar con DNI”, de este grupo, “únicamente el 12 por ciento refirió tenerlo en su poder” y “el resto refirió que estaba en poder de la institución o de algún vínculo y/o familiar“.

Promueven cumplimiento del derecho al voto de los usuarios del servicio de salud mental. Gentileza / prensa.justiciachaco.gov.ar
Promueven cumplimiento del derecho al voto de los usuarios del servicio de salud mental. Gentileza / prensa.justiciachaco.gov.ar

La campaña propone un trabajo conjunto con las provincias, las Defensorías del Pueblo, instituciones de salud mental y discapacidad, organizaciones de usuario, organizaciones de Derechos Humanos y universidades “a fin de que en estas próximas elecciones podamos garantizar este derecho para la mayor cantidad de personas posibles“.

Las principales acciones que implementaron en la campaña por el derecho al voto, incluyó: la comunicación en redes sociales, difusión de videos informativos, capacitación y formación electoral, gestión del DNI requerido para votar y garantizar que la persona disponga de su DNI el día de las elecciones, revisión del padrón e inclusión de las personas institucionalizadas que no están registradas, acompañamiento, traslado y apoyo el día de las elecciones, sensibilización en territorios, y articulación con diversos dispositivos y equipos dentro de las instituciones.

Sobre la campaña, Gorbacz Dijo que la pandemia impidió realizar acciones en los hospitales, pero llegaron allí a través de los equipos y de radio la Colifata, por ejemplo, en el Hospital Borda, también con FM Desate, radio del Hospital Moyano, entre otros.

Por último, la Mesa consideró dentro de las acciones posteriores a los comicios, realizar un relevamiento para medir el impacto y ver efectivamente qué cantidad o porcentaje de personas que están en esta situación podrían ir a votar, “porque más allá de todas las acciones que se hagan es muy importante que el día de la elección haya disponibilidad de acompañamiento y movilidad para que la gente pueda llegar al lugar de votación”, concluyó.

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