Ley de alquileres: estamos del lado del inquilino

Los corredores inmobiliarios no ven bien esta ley porque brinda equilibrio a los inquilinos. De esta manera, se rompe con el abuso de posición dominante que ejercían.

Desde hace más de 20 años estoy al servicio de los consumidores y del colectivo más desprotegido que son los inquilinos que, por fin, vieron parte de solución en la nueva y reluciente “Ley de Alquileres”.

Sin embargo, los corredores inmobiliarios no ven con tan buenos ojos su modificación y puesta en vigencia. ¿Por qué? Porque no les sirve una ley que brinda equilibrio a los inquilinos, porque de esta manera se rompe con el abuso de posición dominante que ejercían.

Mendoza sufre un proceso de inquilinización debido al déficit habitacional de más de 90 mil viviendas, lo que en un sector desregulado ha generado abusos permanentes, que todos en un momento hemos sufrido.

Se pone fin a los aumentos de los alquileres en función al estimado inflacionario semestral que “adivinaban” las inmobiliarias. La nueva ley establece que los ajustes serán anuales, a través de un índice que contemple en partes iguales la evolución de inflación y salarios. Es decir, que los ajustes serán por criterios objetivos y ya no subjetivos.

Sumado a la extensión mínima de los contratos de dos a tres años, contribuirá a generar una mayor estabilidad en el precio de los alquileres, a la par que los vincula con la evolución general de los precios de la economía y de los salarios, contribuyendo a generar un sistema de precios más transparente y sólido, reduciendo la incertidumbre para inquilinos y propietarios derivada de la falta de regulación del sector.

Mayor plazo es una ventaja para la planificación familiar, tener que pagar menores costos a la inmobiliaria en la renovación y, por sobre todo, que el precio sea una continuidad del contrato original. Sólo se le suma el ajuste previsto por la Ley y no el abuso que se cometía al boleo financiero.

Un punto de la nueva Ley de Alquileres es terminar con “el quedarse con el mes de depósito o devolverlo desactualizado”. Ahora se debe devolver un equivalente al último mes de alquiler. Al concluir el contrato, se debe restituir la propiedad en el estado en que la recibió, excepto los deterioros provenientes del mero transcurso del tiempo y el uso regular. Se acabó el “recién pintado” que obligaban a hacer.

Se moderniza el sistema de andar pidiendo la firma a los amigos y parientes, para ampliar la posibilidad de dar garantías como aval bancario y seguro de caución, entre otras.

Para complementar la nueva Ley, cada provincia deberá regular el pago de la comisión inmobiliaria, por lo que tenemos un proyecto de Ley, ya presentado, que modifica la ley de corretaje, poniendo el pago a cargo del que contrata el servicio. Si contrata el propietario una inmobiliaria para que se hagan cargo de mostrar la propiedad, control de garantías y contrato, que lo pague él solo y no el inquilino como viene, abusivamente, siendo trasladado este costo en el inicio y renovación del contrato.

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