Una empresa deberá indemnizar a un hombre que había despedido por negarse a participar en los afterwork

Ocurrió en París. El tribunal ordenó pagar 3.000 euros al ex empleado que no quería ser parte de las fiestas que incluían fiestas swingers y excesos de alcohol.

Gentileza France Effect
Gentileza France Effect

Una consultora parisina deberá pagar 3.000 euros a un ex empleado que había sido despedido por negarse a participar de los afterwork, que impulsaba la empresa.

Aunque el trabajador fue desvinculado de Cubik Partners en 2015 el fallo en contra de la esta empresa se conoció esta semana y generó un importante debate,

Según informó Business Insider, en los documentos judiciales quedó expuesto que el “Señor T” se incoporó a la consultora en febrero del 2011 y en 2014 recibió un ascenso.

Sin embargo, su carrera dentro de la empresa llegó a su fin en 2015 “incompetencia profesional”, más concretamente por negarse a adherirse a los valores de “diversión” de la empresa.

Cabe destacar que el lema de Cubik Partners es “fun & pro”, es decir, divetido y profesional. Desde la empresa también argumentaron que era difícil trabajar con el Sr. T y que no sabía escuchar.

Pero, según el Tribunal de Casación, los valores de “diversión” de la empresa incluían eventos sociales obligatorios regulares que culminaban en un “alcoholismo excesivo fomentado por compañeros de trabajo que ponían a disposición cantidades muy grandes de alcohol”.

También había “prácticas impulsadas por colegas que implicaban promiscuidad, intimidación e incitación a diversos excesos”.

El tribunal también señaló varias prácticas “humillantes e intrusivas” promovidas por Cubik Partners, entre ellas simulaciones de actos sexuales y la obligación de compartir la cama con un compañero de trabajo.

Con todo esto, el tribunal dictaminó que el Sr. T estaba ejerciendo su “libertad de expresión” al negarse a participar en las actividades sociales de la empresa, y que el ejercicio de esta “libertad fundamental” no podía ser una razón para su despido.

Finalmente, el tribunal condenó a Cubik Partners a pagar al Sr. T 3.000 euros y examinará la demanda del Sr. T por daños y perjuicios en una fase posterior.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA