Fallos que atacan la libertad periodística

Se tiene que coincidir con el punto de vista de las entidades periodísticas en cuanto a que un profesional de la actividad periodística no debe ser juzgado por sus fuentes de información.

Daniel Santoro, periodista del diario Clarín / Foto: Gentileza
Daniel Santoro, periodista del diario Clarín / Foto: Gentileza

Creciente preocupación en el ámbito periodístico de nuestro país generó la reciente decisión del juez federal Luis Rodríguez disponiendo un nuevo procesamiento del periodista Daniel Santoro, del diario Clarín.

El juicio en el que se involucró al referido profesional tiene que ver con una supuesta extorsión al empresario Daniel Traficante, quien, además, se encontraba acusado por maniobras de contrabando.

Esta decisión del juez Rodríguez sorprendió porque, previamente, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata había revocado el procesamiento anterior del periodista. En cambio, ahora Santoro fue procesado, y embargado, por “extorsión en grado de tentativa” y se lo vuelve a vincular con el falso abogado Marcelo D’Alessio.

Aquella revocatoria había sido celebrada por organizaciones internacionales de la comunicación social, como la Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA, en base a los numerosos antecedentes de calidad de investigación periodística del varias veces premiado profesional que transformaban en prácticamente grosera su vinculación de la causa judicial.

Sin embargo, este nuevo fallo volvió a alertar a las diferentes organizaciones periodísticas de la Argentina, que coinciden en no encontrar motivos que vinculen a Santoro con el caso en el que se lo involucró judicialmente por sólo llevar a cabo su habitual tarea de investigación de asuntos judiciales relevantes.

Las reacciones en tal sentido provinieron de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), de la Academia Nacional de Periodismo y del Foro de Periodismo Argentino (Fopea).

Es que el juez federal que dispuso el nuevo procesamiento de Santoro insiste con la violación de un precepto básico de la labor periodística, como recurrir a sus propias fuentes, y preservarlas, para desarrollar una investigación y publicar en consecuencia.

El resguardo de las fuentes, además, es una garantía constitucional que favorece el libre ejercicio de la actividad periodística, uno de los pilares del sistema democrático.

Por lo tanto, se tiene que coincidir con el punto de vista de las entidades periodísticas en cuanto a que un profesional de la actividad no debe ser juzgado por sus fuentes de información, menos aún, como en el caso que nos ocupa, sin pruebas suficientes para apuntalar la acusación, lo que sugiere una enorme inquietud sobre la capacidad e idoneidad del magistrado responsable del nuevo procesamiento de Santoro.

Los avances en materia de comunicación agilizan las posibilidades de acceso a contactos y fuentes sin que ello represente un delito, como temerariamente se aduce en este procedimiento judicial.

Es muy acertada la apreciación de la Academia Nacional de Periodismo en cuanto a que el nuevo procesamiento “coloca a todo el periodismo en situación de riesgo, porque ubica en un mismo plano la tarea periodística y sus fuentes de información”.

Dicha advertencia se potencia cuando desde el poder político se alimenta la teoría de supuestos complots atribuidos a dirigentes partidarios, magistrados y medios de comunicación, cuando lo único que se pretende con investigaciones como la de Santoro es destronar la corrupción que corroe las estructuras del Estado.

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