Diversidad cultural: exige respeto, no admite violencia

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) define a la diversidad cultural como la multiplicidad de formas en que se manifiestan las culturas de grupos y sociedades.

Efemérides. Día del Respeto a la Diversidad Cultural. (Ministerio de Cultura de la Nación)
Efemérides. Día del Respeto a la Diversidad Cultural. (Ministerio de Cultura de la Nación)

Como ocurre desde 2010, la Argentina celebra el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que expresa el reconocimiento de nuestro país a los pobladores originarios. Anteriormente cada 12 de octubre se rememoraba el descubrimiento de América.

La celebración actual se sustenta en un aspecto de la Constitución Nacional que consagra el derecho a la igualdad. También reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas. Todo se basa en el art. 16, que históricamente determina, entre otras consideraciones, que en la Nación Argentina no se admiten prerrogativas de sangre ni de nacimiento y que todos los habitantes son iguales ante la ley.

Y en un pasaje del artículo 75, surgido de la reforma de 1994, se reconoce y determina “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano…”, entre otras consideraciones.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) define a la diversidad cultural como la multiplicidad de formas en que se manifiestan las culturas de grupos y sociedades.

Es prioritario que los alcances plasmados en la Constitución Nacional con respecto a la valoración de las tradiciones culturales cuenten con un marco de gestión pública adecuado, teniendo en cuenta que en el país existen reclamos de comunidades que se consideran postergadas o despojadas. Hay ejemplos en tal sentido. Están dadas las condiciones para que este tipo de requerimiento prospere en el marco institucional.

En virtud de esas condiciones, no deben permitir las autoridades nacionales que los planteos se transformen en acciones violentas y de destrucción, como viene sucediendo en distintos sectores del sur argentino desde hace varios años.

El reciente desalojo de terrenos usurpados por organizaciones que reivindican derechos de comunidades mapuches, en Río Negro, ordenado por la Justicia y llevado a cabo por fuerzas federales, fue la necesaria respuesta del Estado a una serie intolerable de ataques a bienes públicos y privados que mantienen en riesgo constante a los habitantes de las zonas afectadas.

Superada esta instancia, seguramente continuarán las conversaciones entre el Estado y las comunidades demandantes para buscar un entendimiento pacífico, que no comprometa la seguridad de la población y violente las normativas vigentes.

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