Crearon un registro para que empresas declaren compra y venta de divisas

El Banco Central dijo que acordó con empresas “simplificar trámites”. En un principio, es sólo para grandes exportadores e importadores.

Ignacio Blanco / Archivo Los Andes
Ignacio Blanco / Archivo Los Andes

El directorio del Banco Central decidió crear el “Registro de Información Cambiaria de Exportadores e Importadores de Bienes” para generar una instancia de comunicación directa que “simplifique el cumplimiento de la normativa cambiaria”.

La creación del Registro, dentro del marco de las facultades delegadas a la institución por la Ley Penal Cambiaria, surgió del diálogo entablado con las principales cámaras empresarias para mejorar los controles reduciendo instancias burocráticas, según el Banco Central.

Las empresas se inscribirán en el registro a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y detallarán allí las operaciones de compra y liquidación de divisas.

En esta primera instancia, será obligatoria la inscripción para las cien principales empresas que operan en comercio exterior, tanto las que importan como las que exportan. Más adelante, se irán agregando todas las empresas que comercian con el exterior.

En la medida que surjan diferencias entre las declaraciones y las estadísticas del Banco Central, el registro servirá como una instancia de resolución previa a la conformación de un sumario por infracción a la Ley Penal Cambiaria, según dijo la autoridad monetaria.

Reestructuración de deuda privada

Además, se decidió flexibilizar las normas de manera tal de favorecer el canje o la financiación de pasivos del sector privado con el exterior, comunicó el Banco Central.

Se admitirá que fondos originados en el cobro de exportaciones de bienes y servicios del deudor sean acumulados en cuentas del exterior o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de la deuda concertada a partir de enero de 2021 a los fines de la financiación de pasivos y otros endeudamientos, y bajo las otras condiciones establecidas por la normativa.

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