Contadores buscan mantener su secreto profesional fuera del alcance de la AFIP

Solicitan una medida cautelar para frenar una normativa que obliga a los profesionales a informar mecanismos que utilizan para minimizar la carga tributaria del cliente.

Secreto profesional. Los profesionales aseguran que esta normativa del organismo nacional implica directamente un ataque al privilegio del secreto profesional. Foto: José Gutiérrez / Los Andes.
Secreto profesional. Los profesionales aseguran que esta normativa del organismo nacional implica directamente un ataque al privilegio del secreto profesional. Foto: José Gutiérrez / Los Andes.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Mendoza hizo, junto con otros integrantes de la federación que los nuclea en todo el país, una presentación administrativa contra una resolución de la AFIP que establece que se deberá informar al organismo sobre la planificación fiscal que implementen los contribuyentes. Como no hubo respuesta, ahora recurrieron a la Justicia Federal para pedir una medida cautelar hasta tanto se resuelva el primer reclamo.

El contador público nacional Carlos Schestakow, especialista en Tributación, explicó que la planificación fiscal implica estructurar los negocios buscando el menor costo impositivo, pero que esto no necesariamente implica un fraude a la ley. Sin embargo, la nueva normativa obliga a los contadores a informar al fisco cómo está estructurado, desde el punto de vista tributario, el negocio de sus clientes; lo que pone en juego el secreto profesional.

Schestakow señaló que esto comporta un riesgo adicional, de que la información se filtre y le roben una buena idea a la empresa, que la vuelve más competitiva. Y agregó que la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas planteó que cada consejo debe iniciar sus propias acciones, pero que en algunas provincias eso no ha tenido buenos resultados.

El especialista subrayó que no se trata de que el asesor aliente conductas contrarias al cumplimiento de la ley, sino que exigir que explicite la estructura impositiva más bien puede considerarse algo parecido a que un médico se vea obligado a subir periódicamente la historia clínica de sus pacientes. Además, destacó que el Estado cuenta con otras herramientas para asegurar el cumplimiento de los contribuyentes.

La resolución general 4838 de la AFIP establece el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales. Esto implica que los contribuyentes y los asesores fiscales deberán informar las estructuras, técnicas, instrumentos y mecanismos a los que recurren para minimizar la carga tributaria.

Si bien la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, de la que Argentina no es integrante) plantea objetivos similares para combatir la evasión, lo aplica sólo a las estructuras internacionales, mientras la AFIP lo ha extendido a las nacionales. Esto implica que no sólo podría alcanzar a las grandes empresas y multinacionales, sino también a las pymes.

En este sentido, Juan Gabriel Sánchez, prosecretario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Mendoza, manifestó que se están replicando líneas de acción que propone la OCDE, para intentar desincentivar que se produzcan traspasos a los paraísos fiscales, pero aquí se está yendo más allá.

Sánchez consideró que, mientras estas leyes, bien aplicadas, podrían ser vistas con buenos ojos en otros países, en Argentina –a la que calificó de infierno tributario en comparación con los paraísos fiscales, por la alta carga impositiva- pueden generar que cualquier empresa que haga inteligencia fiscal opte por irse del país.

Por otra parte, indicó que implica cargar con un régimen de información adicional a los asesores fiscales, que ya se encuentran “tapados” de normas, vinculadas a centenares de impuestos. Asimismo, tener que informar al fisco de toda la estructura que ha implementado su cliente, según entendió conveniente, choca con el secreto profesional, que es un principio amparado en la Constitución.

Sánchez mencionó, además, que la resolución es de aplicación retroactiva, ya que comprende a las planificaciones fiscales que hayan sido implementadas desde el 1 de enero de 2019, e incluso aquellas que sean anteriores pero que subsistan a la entrada en vigencia de la normativa, que deberán ser informadas hasta el 29 de enero de 2021.

El prosecretario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Mendoza planteó que eludir impuestos se torna necesario para muchas actividades, como un modo de escapar de la “voracidad del fisco”, que avanza cada vez más sobre los eventuales rendimientos. También se recurre a la elusión –que es legal, no como la evasiónpara resguardarse de la inseguridad jurídica que genera la acumulación de impuestos, que no sólo significan un monto excesivo a pagar sino que también son de cumplimiento complejo.

Para ilustrarlo, Sánchez mencionó que en Argentina la carga impositiva sobre la ganancia es del 106%, lo que implica que, si se pagan todos los impuestos, se consume toda la ganancia y aún queda un 6% adicional. De ahí que opinó que han querido copiar lo que se hace en otros países, donde se intenta afinar el mecanismo de recaudación, pero donde el sistema de tributación es más coherente.

El resultado de todo esto, señaló, puede ser que se desincentive la inversión local en un momento en que se necesita de todo lo contrario. Por las diversas irregularidades que entienden tiene esta resolución, los 23 consejos profesionales del país hicieron una presentación administrativa ante AFIP y, al no recibir respuesta, acudieron a la Justicia Federal.

Sánchez agregó que el sistema tributario ni siquiera reconoce la inflación, de manera que Bienes Personales, que tuvo como objetivo inicial gravar los altos patrimonios, hoy debe ser pagado por quien tiene más de dos millones de pesos, es decir un auto medio o una camioneta.

En cuanto al efecto que tendría el incumplimiento, al infractor no sólo se le aplicarían las sanciones previstas en la ley 11.683 –de fiscalización de impuestos- sino que también se vería impedido de tramitar solicitudes para la incorporación o permanencia en los distintos registros implementados por AFIP, de obtener certificados de crédito fiscal y/o constancias de situación impositiva, entre otras.

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