Anses: no se perderán asignaciones durante la cosecha

Los trabajadores no dejarán de cobrar sus beneficios en ningún momento. Se elimina el piso para acceder a la Asignación Familiar.

Imagen ilustrativa / Archivo
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La Administración Nacional para la Seguridad Social (Anses) eliminó el tope mínimo para ser beneficiario de la Asignación Familiar, que se establecía en $ 6.105,79, y desde el organismo aseguraron que con el sistema automático de cruzamiento de datos con AFIP, un trabajador que realice la cosecha, por ejemplo, pasará de cobrar la AUH, a cobrar la Asignación Familiar, y luego nuevamente la Asignación Universal, sin intervalos.

Según explicó el titular de Anses en Cuyo, Carlos Gallo, muchas veces los trabajadores preferían no ser puestos en blanco durante la cosecha porque si no alcanzaban dicho piso, no accedían a la Asignación Familiar, y corrían el riesgo de perder la Asignación Universal. Ahora, “la mirada está puesta en los niños y niñas”, y se elimina el piso de ingresos.

La modificación se enmarca en el decreto 840/2020, que también permite a los monotributistas que no estén al día con sus pagos de obligaciones, cobrar los beneficios de Anses destinados a los hijos.

Los nuevos requisitos

1- Que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o argentina nativo o nativa, naturalizado o naturalizada o por opción. Cuando la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad y sus progenitores o sus progenitoras o las personas que los o las tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras, deberán acreditar tanto la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, DOS (2) años de residencia legal en el país.

2- Acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad.

3- Acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad; y que reside en el país.

4-Hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.

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