Proponen ley contra el nepotismo

El demócrata Niven presentó un proyecto que prohíbe a los funcionarios nombrar a familiares en cargos públicos y contratar a sus empresas. También busca impedir la partidización de la Corte.

Son tiempos de revisión del rol de la función pública. Las declaraciones juradas, la nueva discusión de una Ley de Ética Pública y un proyecto para facilitar el acceso a la información pública, lo ejemplifican. A eso se suma una nueva iniciativa legislativa que seguramente hará ruido en los corrillos políticos.

Se trata de un proyecto de ley que busca prohibir el nepotismo y limitar la influencia de los partidos en la Suprema Corte y los organismos de control.

El impulsor es el diputado demócrata Marcos Niven, que es parte del oficialista frente Cambia Mendoza, y en la elaboración participó un equipo liderado por la vicepresidenta del PD, Mercedes Llano.

Ellos se basaron en el artículo 115 de la Constitución provincial, que limita al gobernador y al vice la prohibición: “No podrán ser electos para ninguno de estos cargos los parientes de los funcionarios salientes”, dice ese artículo. “La idea es avanzar a todos los cargos importantes”, indicó Niven.

El proyecto tiene nueve artículos y dos partes bien marcadas. La primera busca terminar con la vieja y mala costumbre de no pocos políticos de nombrar a familiares, parientes o amigos en cargos.

Por eso el artículo 1 prohíbe “nombramientos, designaciones y contrataciones de familiares en línea ascendente o descendente, colateral o por afinidad, hasta el segundo grado de consanguinidad, de autoridades superiores, electivas o cargos extraescalafonarios que se desempeñen en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial”.

La prohibición se aplicaría también a contratos de locación y servicios, interinatos de planta permanente y subrogancias. “La única forma en que un familiar podrá acceder será en alguna instancia de competencia”, indicó Niven, es decir, por concurso “o algún tipo de orden meritorio”.

“Garantizar mecanismos de selección para ocupar cargos públicos, da eficacia a la burocracia y garantiza la igualdad de acceso a la función pública”, indicó por su lado Llano

En estos días parece haber avances en ese sentido. Ayer votaron los trabajadores para elegir integrantes del jurado del primer concurso de 10 cargos estatales, que se hará en junio. Niven entiende que es un complemento. “Cornejo lo dijo el 1 de mayo. Esto va en esa línea y pone trabas a los favores familiares”, dijo.

Asimismo, el artículo 2 veda “la contratación directa, sin licitación pública” de personas jurídicas en las que figuren como administradores o socios, “familiares (...) hasta el segundo grado, de autoridades u ocupantes de cargos extraescalafonarios”. Esto también corre para los tres poderes del Estado.

Por jueces sin partido

En la segunda parte, la norma busca evitar que los partidos influyan en la designación de jueces de la Suprema Corte o miembros de organismos de control.

“Ninguna persona que ejerza o haya desempeñado funciones con rango ministerial o de subsecretario en el Ejecutivo, o cargo electivo, podrá, durante cuatro años, integrar la Suprema Corte, el Tribunal de Cuentas o todo organismo de control”, señala el artículo 6. “Tampoco podrá ser nombrado Fiscal de Estado”, añade.

Este punto promete polémica. Es que varios ministros de la Suprema Corte fueron nombrados cuando estaban ocupando cargos y promovidos por sus partidos.

Es el caso de Julio Gómez (impulsado en 2015 por Francisco Pérez, siendo vocal del Tribunal de Cuentas); Mario Adaro, propuesto cuando era ministro de Gobierno por Celso Jaque. Y Pedro Llorente, que llegó en 1987 de la mano de Santiago Felipe Llaver, siendo senador provincial.

Tampoco podría haber llegado al Tribunal de Cuentas Ricardo Petignano, el año pasado, cuando era senador. Ni el actual fiscal de Estado, Fernando Simón, propuesto por Pérez, ya que también era senador del PJ. “Hay que despolitizar los órganos de control”, dijo al respecto Llano.

Claves

Prohibición de cargos. No se podrá nombrar en cargos superiores a familiares directos "hasta segundo grado de consanguinidad".

Prohibición de contratos. Tampoco se podrán hacer contrataciones directas a empresas u organizaciones con las que el funcionario público tenga algún tipo de relación familiar o cercanía.

Partidos afuera. Aquél que tenga un cargo en el Ejecutivo, el Legislativo o también en el Poder Judicial, deberá esperar al menos cuatro años, desde que deja de ejercer esa función, para aspirar a ocupar un sillón en la Suprema Corte o en algún órgano de control.

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