Las tres diferencias

viernes, 19 de marzo de 2010

82% es el porcentaje de la dieta que percibirán los legisladores. El resto de los trabajadores roza el 50% del sueldo.

2 años es el tiempo mínimo de mandato para acceder a cobrar el 82% de la dieta, sin importar cuándo fue. Al resto, se le computan los sueldos de los últimos 10 años para estimar la jubilación.

20 años de aportes con 30 años de servicios es lo que se exige a los legisladores. El resto debe aportar durante 30 años.

Más notas de esta sección
Copyright 2010 Los Andes | Todos los derechos reservados