Escrutinio definitivo: el aval a la reforma llegó al 60%

La oposición insiste en pedir al Ejecutivo que promulgue la enmienda. Pero Adaro dijo que debe expedirse la Justicia.

viernes, 10 de julio de 2009
Escrutinio definitivo: el aval a la reforma llegó al 60%

Dos días después de las elecciones, los partidos de la oposición hablaron con Adaro sobre la reforma votada.

Lorenzo Sartori

El ministro de Gobierno, Mario Adaro, dio a conocer los resultados que arrojó el escrutinio definitivo. El voto por el "Sí" a la reforma del artículo 198 de la Constitución, que limita la reelección de los intendentes, alcanza prácticamente el 60% de los votos emitidos el domingo 28 de junio.

El ministro señaló que el resultado definitivo arrojó un total de 555.682 votos por el "Sí"; 113.755 por el "No" y 245. 013 en blanco, e insistió en dejar en manos de la Justicia una definición sobre la legalidad de la enmienda.

Desde la óptica de la oposición, la vía correcta es que el Ejecutivo promulgue la reforma sin más trámite.

Diferente interpretación

Si bien es cierto que el 60% mencionado por el ministro de Gobierno está referido a los votantes y que en relación con todos los empadronados no alcanza al 50% más uno que exigiría la Carta Magna para hacer viable una reforma, algunos consideran que es más que suficiente para promulgar la enmienda.

Incluso hay discrepancias sobre qué dice la Constitución cuando exige una mayoría de electores. ¿Quiénes son los electores? ¿Los empadronados o los que efectivamente votan?

Según un pronunciamiento de la Suprema Corte de 1989, son los empadronados. La oposición sostiene que ésa fue una interpretación errónea o forzada del texto constitucional. Por lo tanto, el número de votantes por el "Sí" del 28 de junio sería más que suficiente para promulgar la reforma.

De ahí que, inmediatamente después de los comicios, el Gobierno y representantes de los partidos de la oposición trataron el pedido del Frente Cívico Federal para que el Gobierno promulgue la reforma del artículo 198 de la Constitución, que limita la reelección indefinida de los intendentes.

En el encuentro se habló de impulsar, a través de la Fiscalía de Estado, "una acción declarativa de certeza" para que la Suprema Corte diga si se puede promulgar la enmienda. Pero los partidos de la oposición han insistido en que el Gobierno debe actuar sin acudir a la Suprema Corte.

El demócrata Aldo Giordano, afirma que no se puede aceptar una sentencia emitida en 1989 como si fuera una ley. Señaló, en ese sentido, que desde 1854, cuando tuvimos la primera Constitución provincial y hasta 1989 -cuando la Corte resolvió que el texto constitucional al hablar de electores se refiere a los empadronados- siempre se tomó en cuenta el número de votantes.

Giordano aclaró que el empadronamiento es una técnica y no un requisito constitucional. "De hecho, el texto de la Carta Magna en ningún momento habla de empadronados", señaló, añadiendo que la interpretación que hizo la Suprema Corte en 1989 "apareció contra todos los antecedentes y contra lo que dice la Constitución porque fue una resolución política".

Advirtió además que lo que determinaron los jueces valió sólo para esa circunstancia. "La inconstitucionalidad nunca se dicta para la generalidad de las circunstancias", destacó.

Por su parte, el cobista Juan Carlos Jaliff se mostró escéptico respecto de lo que pueda resultar si el tema es puesto en manos de la Suprema Corte. "Ante una acción declarativa de certeza, ésta seguramente va a repetir su fallo anterior.

El Ejecutivo, en cambio, no está obligado a coincidir con un fallo aplicado hace 20 años. Frente a esta realidad, el Gobernador, si considera que es constitucional, debe promulgar la reforma, respetando la voluntad de más del 60 por ciento de los que votaron, dijo.

El Ejecutivo, sin embargo, mantiene su postura inicial. Adaro insistió ayer en que no se va a promulgar la reforma, sino que se decidió invitar a los partidos políticos a respaldar al Gobierno a fin de dar instrucción a la Fiscalía de Estado y a la Asesoría de Gobierno, para hacer una acción declarativa de certeza ante la Justicia.

"Así, la Corte deberá pronunciarse si es constitucionalmente válida la promulgación de este artículo", señaló. "Aunque coincidamos con los criterios de los partidos, no podemos modificar la Constitución mediante un acuerdo político", dijo.

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