La Cuarta Cámara del Trabajo de Mendoza, en un pronunciamiento recientemente conocido, ordenó a una AFJP que "los fondos que tiene en su poder y que habían sido depositados por una ART no deben ser transferidos al sistema nacional de reparto".
El fallo, con la firma de los jueces Alba Ortiz de Scokin, Rosa Vargas y Pedro Marcelino Aldunate avanza en un hecho inédito a nivel nacional: impone la obligación, a la AFJP, de retrotraer los depósitos al 1 de febrero de 2008, lo que en buen romance significa que las "pérdidas producidas en la cuenta individual de capitalización durante este año deberán ser absorbidas en exclusiva por la empresa".
De este modo, se aclaró, "no se afectará patrimonialmente a quienes tienen derecho a percibir ese beneficio".
El fallo se conoció a sólo días que se cumpla un nuevo aniversario del trágico accidente ocurrido en Las Cuevas y donde tres personas perdieran la vida, entre ellas Orlando Díaz, conductor de la empresa Andesmar.
La viuda en su derecho y por el de un hijo menor, con el patrocinio de los doctores Alfredo Gómez Chavero y Marcelo Gómez Ruppi, inició el reclamo por una indemnización prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo.
En ese momento la firma Asociart ART entregó una parte de contado a la mujer y su hijo menor, mientras que la diferencia la depositó en una cuenta de capitalización individual en la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Consolidar, "hasta -se dijo- que recaiga sentencia definitiva en el juicio.
Considerandos
Tras el planteamiento jurídico, los integrantes de la Cuarta Cámara del Trabajo en sus considerandos hacen referencia a la "incuestionable afectación al derecho de propiedad de los familiares del empleado fallecido", rescatando que ante la "estatización" de los fondos esa medida les "puede traer mayores penurias".
También hace referencia a la "inestabilidad mundial en los mercados", para concluir obligando a retrotraer el importe depositado a las sumas de hace un año (1 de febrero de 2008) y que era de 245.433 pesos, haciéndole recaer a la propia AFJP Consolidar "las pérdidas que ella misma produjo a dinero ajenos que estaban bajo su esfera de custodia".
El accidente
Tres muertos y 24 heridos fue el saldo de un accidente ocurrido en la localidad fronteriza de Las Cuevas.
Así lo señalaba Los Andes, en su edición del 16 de febrero de 2006, en referencia al trágico choque entre un ómnibus de la empresa Andesmar, con 34 pasajeros que tenían destino final el vecino país de Chile y un camión con chapa de Brasil de la empresa Transrebeca. Los muertos fueron los tres choferes, dos de ellos de la empresa mendocina.
Precisamente los familiares directos de Orlando Díaz , uno de los conductores del ómnibus siniestrado (la mujer y un hijo menor)iniciaron los reclamos primero ante los tribunales laborales, hasta terminar en los estrados de la Cuarta Cámara del Trabajo, que al final falló.
Retrotraer los depósitos a un año atrás implica que las pérdidas deberán ser soportadas por la empresa que recibió el dinero y no por los beneficiarios.
Es un funcionario de la embajada de Italia en Santiago. Ayer volvía a su país y lo pararon en el Acceso Este. Le pidieron cien pesos de coima. El hombre tuvo que ceder porque hoy retornaba a su trabajo.
A pesar de los carteles que advierten que no se harán cargo, los negocios deberán responder por el robo de los rodados.
Con esto se demuesta que el gobierno estaba equivocado , ya que existen fallos que protegen a los afiliados y lo de KK es para su caja politica , dado su ineficiecia en el manejo economico. Y la administ. Financiera de las AFJP , no era buena y responsable cuando los resultados eran extraordinariamente positivos, de acuerdo a ARMANDO.
el diario los andes es mal intencionado en la mayoria de las notas y noticias, tergiversa terriblemente las cosas para confundir a la opinion publica, y en esa opinion publica hay cada energumeno.
Coincido, el titulo es mal intencionado. En realidad, confirma lo que decía el Gobierno, en esto de que las AFJP se llenaban los bolsillos con las comisiones que cobraban, pero respecto de las inversiones y su resultado negativo, no se hacían cargo. El fallo, resalta esta circunstancia. El título del artículo debería decir. FALLO DE LA CAMARA CONFIRMA MAL MANEJO FINANCIERO DE LAS AFJP
ESTÁ BIEN! La nota está titulada maliciozamente. Si el hecho es preexistente a la recuperación de los fondos de las AFJP por parte del Estado, no hay impedimento alguno. La medida permitió pasar del sistema de capitalización INDIVIDUAL a uno de REPARTO, se pasó de un sistema individualista a uno solidario. Por mal que les pese al capital concentrado, beneficiarios históricos de estas perlitas, los fondos se van a utilizar para créditos para Pymes o para construir viviendas por ejemplo. je je je