La Justicia federal liberó a otro militar acusado de torturas

El fallo de la Cámara de Mendoza benefició a un sargento. La denunciante ahora es jueza y su abuelo era el gobernador de San Juan cuando ocurrió el golpe del ´76. El fiscal apeló la decisión.

viernes, 19 de septiembre de 2008

Eduardo Luis Ayassa - eayassa@losandes.com.ar

Un nuevo fallo de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones, en este caso por el voto de la mayoría, revoca el procesamiento y la prisión preventiva de un militar acusado de violaciones a los derechos humanos. Se trata del sargento del Ejército Argentino Osvaldo Benito Martel, quien cumplía funciones -en los años '70- en el penal de Chimbas, de la vecina provincia de San Juan.

El fallo, con el voto positivo de Julio Petra y Carlos Pereyra González (Alfredo López Cuitiño votó en contra), también dicta la falta de mérito del uniformado en los delitos de tormentos agravados en concurso ideal con lesiones leves en perjuicio de Margarita Rosa Camus, nieta del entonces gobernador de San Juan, Eloy Camus (que también fue detenido) y actual jueza de garantías de la Justicia sanjuanina .

Este fallo vio la luz a una semana de otro donde la misma sala otorgaba la excarcelación al ex coronel Oscar Orlando Dopazo, medida que, al igual que ésta, se encuentra apelada por el fiscal general ante la Cámara, Santiago Teruel.

En esta oportunidad, los camaristas que votaron en forma positiva por la revocación del procesamiento y la prisión preventiva, rescatan del voluminoso expediente las declaraciones de la mujer, que fue detenida el 25 de noviembre de 1976 y terminó en una celda del viejo Instituto Penal de Chimbas. En ese momento, después de negarse a declarar, fue encapuchada y en esas condiciones fue interrogada sobre su vinculación con el grupo Montoneros.

Uno de los torturadores habría sido el sargento Martel (al que reconoce por la voz y por un legajo de fotos) y que, como ha quedado acreditado, cumplía funciones en dicha unidad carcelaria.

Punto de vista

Sin embargo Petra y Pereyra González hacen un "análisis" del tipo de autoría atribuida al imputado, basado en reiterados fallos, que consideran al "autor mediato", como el jefe que, a través de un aparato de poder, domina la voluntad del "ejecutor" (o subordinado), que, a su vez, "es autor directo, material o inmediato del hecho criminal".

Más adelante, y después de desmenuzar sus argumentos, los camaristas señalan que "de la exhaustiva compulsa y análisis profundo del expediente, se advierte que: hay certeza sobre la existencia de los hechos que aquí se investigan, esto es, que Camus fue ilegítimamente detenida y sometida a vejámenes", pero "no ocurre los mismo en cuanto a que el imputado Osvaldo Benito Martel haya desplegado la conducta típica del ilícito penal endilgado".

Concretamente, dicen que "no existe el grado de convicción que exige esta etapa procesal, de que el encartado habría participado como coautor en la presunta comisión de los delitos de tormentos agravados en concurso ideal con lesiones leves agravadas", revocando -por mayoría- el procesamiento y la prisión preventiva y además dictar la falta de mérito por los delitos descriptos.

Disidencia

Por su parte, Alfredo López Cuitiño disintió con sus colegas y afirmó que "según el testimonio de Camus, el encartado Martel fue una de las personas que la sometió a torturas; no sólo vio su rostro cuando fue a efectuar la pericia caligráfica, sino que también reconoció su voz".

Y concluye su voto negativo, al recordar que "si bien la única prueba con la que se cuenta en relación a la presunta responsabilidad de Osvaldo Benito Martel, respecto de las vejaciones sufridas por Margarita Rosa Camus, son los dichos de la propia víctima, los mismos se presentan coherentes, sin contradicciones, mencionando circunstancias de tiempo, modo y lugar, lo que avala lo manifestado por la deponente". Finalmente confirma el fallo del procesamiento y la prisión preventiva del ex sargento.

Esta resolución fue apelada, en la víspera, por el fiscal general de Cámara, Santiago Teruel, por lo que la resolución final está en manos de la Cámara Nacional de Casación.

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