El juez no autorizó el aborto de la nena de 12 años violada

miércoles, 17 de septiembre de 2008

El titular del Juzgado de Familia N°1, Germán Ferrer, comunicó ayer a la prensa que resolvió "no autorizar la interrupción del embarazo" que había pedido la madre de la niña violada de 12 años, el 8 de agosto pasado. La pequeña fue violada y embarazada por su padrastro en un contexto de pobreza y abandono que se intentará paliar a partir de la orden que el propio juez dio al Ejecutivo para que les provea, sobre todo, de una vivienda digna.

El "no" fue producto del análisis que el juez hace del artículo 86 (incisos 1 y 2) del Código Penal, la manifestación de la niña sobre su deseo de "no dañar al feto" y la posterior confirmación de los peritos de que, si incurría en el aborto, podía sufrir daños psíquicos irreversibles.

Tras este anuncio y confirmar que se ordenó la externación de la chica del Hospital Humberto Notti (donde estuvo internada más de 40 días), Ferrer sostuvo que quedará bajo la guarda de la abuela materna. "Se ha ordenado y organizado una serie de medidas de protección para garantizar el derecho de esta niña como madre embarazada y del neonato", agregó.

El magistrado dispuso que tanto la niña como su grupo familiar realicen tratamiento psicológico y psiquiátrico. De esta tarea quedará a cargo la psicóloga y psiquiatra Sonia González Herrera, de la Dirección de Salud Mental.

"Se ha dispuesto que desde el Ministerio de Desarrollo Humano, Comunidad y Familia se arbitren los recursos necesarios para garantizar al grupo familiar donde se va a insertar a esta niña y su bebé, porque reviste una condición paupérrima", se pronunció el juez.

El ministerio tiene 60 días para cumplir con esta orden y otorgarle un subsidio a la familia que "cubra las necesidades vitales alimentarias y cobertura de salud que necesiten a lo largo del embarazo y luego del nacimiento, para garantizar los derechos a la vida, a la salud y a la familia", apuntó.

Así como se ha resuelto a través de la Dirección General de Escuelas, garantizarle a la nena el derecho a la educación y brindarle "todos los medios para que siga cursando todo el año lectivo en forma domiciliaria o concurriendo a la escuela y tenga apoyo pedagógico".

El juez de Familia hizo también una una dura crítica al gobierno provincial por no tomar las medidas necesarias para hacer valer las medidas disponibles para el acceso al aborto no punible.

Por qué no autoriza

La denuncia por maltrato hizo que las abogadas que la patrocinaron interpusieran el pedido de interrupción del embarazo, fundado en los incisos 1 y 2 del Código Penal. Las abogadas Mónica Runno y Cecilia Noguera entendían que el embarazo era un riesgo para su salud psíquica (inciso 1) y que se trataba de un embarazo producto de una violación (inciso 2).

"Acá quiero hacer la aclaración, se detuvo el juez. Este inciso 2 del artículo 86, solamente preve la posibilidad de no punir el aborto cuando lo realiza un médico diplomado y cuando es el resultado de una violación a una mujer idiota o demente".

Y ratificó: "No estaba cubierta por la hipótesis legal y ningún médico podría haber realizado el aborto sin autorización judicial. Por lo tanto resultaba razonable recurrir a la Justicia".

Por otro lado -argumentó el magistrado- la niña pasó por dos abordajes en Cámara Gesell, que les hizo concluir a los peritos que "el deseo de la niña era que el feto no sufriera ningún daño y por lo tanto deseaba seguir cursando el embarazo", agregó Ferrer.

Sostuvo que en la medida en que "un niño tenga la competencia y la actitud para entender el acto trascendente en el que está en juego su persona y sus derechos, su voluntad debe ser tenida en cuenta".

No sólo eso: "Luego de analizar toda su situación -agregó- sobre todo el aspecto psíquico y social de la niña, llegaron a la conclusión de que hoy la interrupción del embarazo podía producir en la niña un trastorno de su personalidad que la podía asumir en patología psiquiátricas irreversibles como la psicosis".

"A pesar de que el embarazo y el maternaje no es lo ideal en una niña de esta edad -continuó-, hoy resulta el mal menor porque este tiempo de gestación va a permitir que esta niña tenga el apoyo que resulte necesario del Estado a través de sus profesionales para asumir este nuevo desafío de ser madre".

El por qué de la internación

Otro punto cuestionado por las organizaciones que defienden los derechos de las mujeres y niñas fue la prolongada internación de la niña (tres semanas) en el hospital Humberto Notti.

Ferrer explicó que se internó para "realizarle todos los estudios clínicos y ginecológicos en el hospital de niños y adolescentes más importantes de América. Además cuenta con el equipo interdisciplinario de alta experiencia en el manejo de maltrato y abuso sexual infantil".

Luego, para contenerla "en un momento crítico". Se decidió que el hospital era el lugar para resguardarla del abusador. "Mantenerla internada era garantizarle que el abusador no llegara con sus mensajes amenazantes", justificó. Por ese entonces ya se había identificado al padrastro como violador.

"Por lo inverosímil del relato de la niña respecto a cómo ocurrió la violación, se advirtió que el violador era el padrastro. Por eso inmediatamente se dispuso la prohibición de acercamiento y que fueran a vivir con la abuela materna, quien aparecía como la persona más lúcida y continente", agregó.

Por otro lado, la medida se tomó para evitar el acoso de los grupos antiabortistas, de los que defienden el derecho a decidir y de la prensa. "Se trata de un grupo familiar carenciado -describió-, vulnerable, que no podía hacer frente a toda la avalancha de presiones".

Ferrer también aclaró que la intervención del Comité ampliado de Bioética y de los peritos se pidió a fin de "coordinar la modalidades de trabajo y los plazos en que se iban a hacer todas las pruebas y las acciones que requiriera el expediente".

"Se nos llamó -agregó- para resolver un caso concreto existencial de una niña a la cual le han destrozado su vida, su inocencia y su vida sexual. Y resolver el drama de un feto, de un ser humano en formación que dependía de la resolución de terceros".

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