La Sala I de la Cámara Federal porteña decretó hace unos quince días la inconstitucionalidad de la ley que penaliza la siembra de marihuana para consumo personal, y sobreseyó a un hombre que tenía seis plantas de cannabis en una maceta de su balcón, en el barrio porteño de Boedo.
El juez federal Sergio Torres lo procesó por violación al artículo 5 de la ley 23.737, al considerar que "cultivaba plantas de marihuana para luego producir estupefacientes y destinarlos al consumo personal".
También dispuso que fuera sometido a un tratamiento de rehabilitación para su adicción.
En una figura atenuada, esa ley castiga con penas de entre un mes y dos años de prisión a quien "siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes" y que, "por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes como consumo personal".
Pero el defensor oficial consideró que la medida "traspone el ámbito de privacidad ajeno a la autoridad de los magistrados", y que la conducta del acusado "no pone en riesgo siquiera de un modo potencial la salud pública y por ello no se inmiscuye en el ámbito público, es decir el relativo a las reglas de moral intersubjetiva".
Los precedentes
Otro fallo volvió avalar la despenalización de la tenencia de drogas para uso personal cuando el consumo se "ejerciera en la intimidad y sin trascendencia a terceros".Esta vez fue la Sala Tercera de la Cámara de Casación bonaerense, máximo tribunal penal en la provincia de Buenos Aires.
Como la Sala Primera, los camaristas Ricardo Borinsky y Víctor Violini ratificaron un criterio que se está extendiendo en la Justicia argentina en momentos que el Gobierno avanza en una reforma de la legislación para despenalizar a los consumidores.
Al sobreseer a un joven que fue sorprendido con una escasa cantidad de marihuana en su poder, los camaristas consideraron que la tenencia no es punible cuando "no se efectúa públicamente ni se incita a terceros a consumir".
Dijeron: "La incriminación sólo será procedente en casos en que la tenencia de estupefacientes para consumo personal se concrete de un modo tal que trascienda la esfera de intimidad del sujeto y represente un peligro para la salud pública de terceros".
CC
Un equipo de médicos, cirujanos y psicólogos pedirán la autorización para realizar por primera vez un trasplante de cara en la Argentina. Se la practicarán a dos menores que sufrieron graves heridas por quemaduras. La ley en el país no autoriza esta práctica.
Después de varias críticas, los directivos mostraron la nueva fisonomía que está adquiriendo el paseo. Piensan mejorar la maquinaria para el mantenimiento.