Exigen a jefes policiales que declaren sus bienes

Una resolución del Gobierno dispone que a partir de ahora comisarios y subcomisarios, además de la cúpula penitenciaria, presenten su situación patrimonial. De todos modos, los datos no se darán a conocer.

La difusión de una resolución con cambios en la presentación jurada del personal policial y penitenciario ilusionó a varios con que las cuentas de estos funcionarios de alto rango serían visibles para la sociedad.

No obstante, al analizar la medida no aparece escrito el compromiso de hacer pública esta información y fuentes confirmaron que tampoco es la intención.

Esta resolución, publicada ayer en el boletín oficial, es la 564/16 y modifica la 137/00 de la Inspección General de Seguridad (IGS) que establece “la forma de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales del personal policial y penitenciario”.

Aprobada antes, la ley 6.722 de Policía de Mendoza establece que los efectivos están obligados a presentar y actualizar las declaraciones juradas de sus bienes con las variaciones que se produjeren.

Los Andes publicó en su edición del 16 de agosto última cómo en la web de Fiscalía del Estado sólo figuraban unas pocas de estas declaraciones abiertas a la ciudadanía. Si uno entra a ese sitio web, sólo puede ver bajo Ministerio de Seguridad los documentos de comisarios que han sido nombrados jefes de algún área policial, como jefes distritales e incluso el propio jefe máximo del cuerpo, actualmente director general de policías, Roberto Munives.

El artículo 7 de la nueva resolución parecía mostrar un cambio en la situación: “Mediante el Centro de Cómputos de esta Inspección General de Seguridad realícese las gestiones para publicar la presente declaración jurada en la página web institucional de este organismo”. No obstante, cuando se consultó a la IGS sobre cómo se podría acceder a los documentos, aclararon que las declaraciones eran obligatorias pero que permanecerían en secreto.

Así lo dijo Marcelo Puertas, su director presidente, que afirmó que se cargarían los datos a la web pero que no cualquiera persona podría verlos sino que haría falta una clave especial.

“Es obligatorio que lo presenten pero solamente para el sistema interno, a no ser que el efectivo esté sometido a un sumario. En principio todos estos cargos tienen la obligación de presentar sus declaraciones pero no serán públicas”, aclaró.

En sí, lo que dice la resolución es que ciertas jerarquías deben presentar una declaración jurada de bienes conforme a un anexo adjunto.

Concretamente, abarca a quienes tienen grado de subcomisario, comisario, comisario inspector y comisario general. En cuanto a la Penitenciaría, deberá hacerlo quien sea subalcalde, alcalde, alcalde mayor, prefecto y prefecto general.

Otro tema es la fecha límite para que los funcionarios afectados presenten sus papeles: el 1 de agosto del año que viene.

Las cuentas claras

En octubre de 2015, poco antes de terminar la gestión de Francisco Perez, el decreto 1789/15 estableció la obligación a ciertos funcionarios y empleados públicos de presentar una declaración jurada patrimonial. Inicialmente pesaba sobre los funcionarios del Poder Ejecutivo pero después la Legislatura adhirió a la normativa.

La Suprema Corte de Justicia no adhirió totalmente, sino que en junio último emitió una acordada en la que obliga a declarar bienes a funcionarios y empleados del Poder Judicial, pero la publicación será sólo parcial.

En el artículo 2 del decreto 1789/15 se menciona al “personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público” y “jefes de personal o recursos humanos dentro del ámbito del Poder Ejecutivo” (los jefes policiales están incluidos). La gran diferencia con otras leyes como la nombrada 6722 es que, además de presentarse, debían hacerse públicas.

Según explicaron desde la Fiscalía de Estado, al haber más de una norma en el sistema podría generarse confusión sobre quién y cómo los policías debían presentar las declaraciones.

De esta forma, creen que lo que principalmente se aclara con la nueva resolución es que se presentará a la propia IGS, con un formato y fecha límite establecida.

“Nosotros en Fiscalía de Estado nos regimos por el decreto 1789/15 que establece que los funcionarios públicos, entre ellos policías y comisarios que manejaban dinero, debían presentar una declaración jJurada. No lo hicieron, casi ninguno”, afirmaron.

En la fiscalía no conocían de antemano sobre los cambios propuestos por la IGP. De todos modos, esperan poder iniciar algún tipo de diálogo con ese organismo para que las declaraciones también puedan estar en su propio sitio web junto a las de los demás funcionarios.

Marco legal

Ley 6.722. Los efectivos deben presentar y actualizar las declaraciones de sus bienes con sus variaciones.

Decreto 2.920. Reglamenta la 6.722 y restringe la presentación a los cargos de subcomisario a comisario general.

Decreto 1.789/15. Ciertos funcionarios y empleados públicos deben presentar una declaración jurada que la sociedad podrá ver.

Resolución 137/00. Establece la forma de presentación de las DJP para Policía y Penitenciaría.

Resolución 564/16. Modifica la 137/00 y define la presentación con un anexo y límite hasta el 1 de agosto de 2017.

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