Piden reabrir la investigación de Cristian, el rugbier que murió en un asado con amigos

Quienes estaban con él podrían ser imputados por “omisión de ayuda”.

La Cámara de Apelaciones hizo lugar a un pedido de los familiares de Cristian Puleo (21), el rugbier que en noviembre de 2013 murió durante un asado con amigos en una casa de Lunlunta. Ante esta decisión, se deberá continuar con la investigación, que estaba a punto de ser archivada. Esto pone en la mira la actuación de los amigos de la víctima, que podrían ser imputados por no ayudar a tiempo.

La semana pasada, los jueces de apelaciones Ramiro Salinas y el subrogante Gonzalo Guiñazú fallaron a favor del pedido del abogado Jorge Caloiro, que representa a los Puleo, quien pidió que el expediente no fuera archivado.

Desde sus inicios, la causa se presentó intrincada, no sólo en lo referido a cómo ocurrió la muerte del chico sino también por el  camino judicial transitado.

En un principio, el caso -caratulado como averiguación muerte- fue archivado por pedido de la fiscal de instrucción Susana Muscianisi, lo que fue avalado más tarde por el fiscal de Cámara Fernando Guzzo. Sin embargo, la querella se opuso y el expediente llegó a la jueza de Garantías, Alejandra Mauricio, quien dio lugar al pedido del abogado.

Ante esta discrepancia, el caso pasó a ser revisado por la fiscal de Cámara Paula Quiroga, quien también ordenó el archivo. Con esta nueva instancia desfavorable, la querella volvió a presentar una apelación, a la que se le hizo lugar la semana pasada.

Decisión de la Cámara

Los jueces consideran que un nuevo fiscal de instrucción debe continuar con la pesquisa, que tiene en su centro a los 9 jóvenes que estaban con Puleo cuando él murió.

Se trata de Gonzalo Ruiz (cuyos padres son los dueños de la finca donde ocurrió todo), Lucas Valdez, Máximo Grecco, Agustín Cocucci, Timoteo López Frugoni, Julián Matas, Lucas Haddad, Ignacio Donadío y Julián Muñiz. Los chicos podrían ser acusados del delito de omisión de auxilio.

Pese a que en la causa se deslizó que todos -incluso la víctima- habían consumido estupefacientes, para la Cámara los jóvenes estaban en un estado de conciencia como para advertir que Puleo se descompuso de manera tal que tenía un riesgo de muerte. En el dictamen se afirma que si los amigos, habían consumido estupefacientes o no "no los excluye de la obligación de auxiliar a uno o de llamar a la autoridad en caso de imposibilidad".

Según consta en el expediente, la muerte "no pudo pasar de las 22.20" pero el pedido de ayuda al 911 se produjo recién 20 minutos después. En este punto hay una discrepancia importante. En lo expuesto por la fiscal de Cámara se indica que la llamada fue hecha a las 22.39; sin embargo, en los registros del CEO el pedido de auxilio figura como recibido a las 22.57. Para el caso, las comunicaciones se hicieron cuando ya el chico había fallecido.

En su sentencia, la Cámara estimó que "los amigos de Puleo han tenido conocimiento de la situación de urgencia" cuando percibieron su estado de excitación psicomotriz y cuando el chico cayó al piso con convulsiones, "omitiendo el auxilio o el llamado a la autoridad en ese momento".

Otro dato importante que se desprende del expediente es la resolución de la Cámara de hacer lugar al pedido de la querella cuando ya la fiscal de Apelaciones había ordenado el archivo de la causa. En este caso se tuvo en cuenta, el derecho de la víctima a que su caso se resuelva con justicia.

El caso

El 8 de noviembre de 2013, Cristian Puleo llegó a la finca Gonzalo Ruiz, ubicada en Lunlunta, Luján de Cuyo, para comer un asado con sus amigos.

En un momento, el joven comenzó a sentirse mal, a tal punto que cayó al piso y tuvo convulsiones. A eso le siguió su muerte. Si bien en un principio se deslizó que podría haber sido a causa de drogas que estaban consumiendo, la necropsia determinó que falleció producto de una broncoaspiración por comida producida cuando le dio un pico de hipoglucemia.

Ante los convulsiones y los cuestionamientos de por qué no se llamó antes por teléfono a los servicios de emergencia, los amigos dijeron que no dimensionaron el peligro ya que atribuyeron la descompostura a experiencias anteriores (de consumo de drogas) que habían tenido reacciones similares.

Los médicos llegaron a la finca a las 23.35. Según la doctora que atendió a Puleo, el chico llevaba muerto más de una hora. "El rigor mortis aparece después de tres horas de la muerte, por lo que se infiere que al momento de la llegada de la doctora Cristian llevaba alrededor de tres horas muerto.

A esta cuenta se llega a partir de los comparativos con los documentos enviados del Cuerpo Médico Forense, el CEO y el Servicio de Emergencias Coordinado", explicó el letrado Caloiro.

Los 9 amigos del deportista

De ser encontrados culpables, los amigos de Puleo podrían ser imputados por omisión de auxilio, delito contemplado en el artículo 108 del Código Procesal Penal.

"Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos el que encontrando perdido o desamparado a un menor de diez años o a una persona herida o inválida o amenazada de un peligro cualquiera, omitiere prestarle el auxilio necesario, cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal o no diere aviso inmediatamente a la autoridad".

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