Con el tarifazo de gas “suspendido”, la Justicia rechazó cautelar que frenaba los aumentos

Ahora la Cámara Federal platense tiene todas las causas contra el incremento en el país. Se apunta a una resolución de la Corte Suprema.

La Justicia Federal de La Plata rechazó hoy una medida cautelar que pedía suspender los aumentos en la tarifa del gas con topes de 400 y 500 por ciento, debido a que los incrementos en ese servicio están suspendidos, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

El juez rechazó la cautelar y remitió el expediente a la Cámara Federal platense, que tiene en su poder las causas contra el incremento en la tarifa del gas de todo el país y que podría definir la semana próxima o los primeros días de agosto si manda el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que esta defina sobre la constitucionalidad o no del aumento de gas.

El fallo fue dispuesto esta tarde por el titular del Juzgado Federal 4 de esta capital, Alberto Recondo, quien no hizo lugar al planteo presentado esta semana por una asociación civil, contra las resoluciones N99 y 129 del Ministerio de Energía y Minería que fijaron el nuevo cuadro tarifario, pero que se encuentran suspendidas en su aplicación.

Recondo desestimó la cautelar del Centro de Estudios Para la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) luego de que esta tarde el Ministerio de Energía, a través de la Procuración del Tesoro, informara que le ordenó al ENARGAS que "posponga todas las acciones que signifiquen aplicación efectiva" del aumento.

En la resolución el Ministerio de Energía y Minería indicó que la suba queda frenada "hasta tanto se comunique una confirmación, emitida por el tribunal competente, en relación con la suspensión de los efectos de la sentencia mencionada u otra medida judicial que confirme la posibilidad de seguir adelante con los actos de ejecución de la citada resolución".

Tras conocerse esa resolución, el juez Recondo rechazó la cautelar aduciendo que "el acto administrativo citado, que importa una orden expresa dirigida al Sr. Interventor del ENARGAS, constituye suficiente manifestación de voluntad estatal".

"Ninguna medida meramente preparatoria puede importar amenaza alguna como para justificar la orden cautelar solicitada", agrega el fallo.

La cautelar desestimada hoy fue presentada el lunes por CEPIS, y en ella la asociación defensora de los consumidores denunció que el nuevo cuadro tarifario "fue aprobado con posterioridad" a la primera sentencia de la Cámara Federal que declaró nulo el aumento del gas.

Tras la presentación el juez Recondo habilitó el miércoles la feria judicial para tratar el planteo y remitió a la Fiscalía Federal el expediente para que aportara su postura respecto al pedido de suspensión del tarifazo.

Ayer la Fiscal subrogante Ana María Russo dictaminó a favor de la suspensión de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y consideró que se debe hacer lugar a la medida cautelar del CEPIS.

Inmediatamente después Recondo solicitó a la Procuración del Tesoro de la Nación que informe si "efectivamente se encuentra suspendida la ejecución de las Resoluciones 99 y 129", para poder resolver sobre la viabilidad o no de la medida cautelar solicitada.

Ese pedido fue contestado este mediodía, y en él la Procuración informó sobre la resolución del Ministerio de Energía y ratificó la postura adelantada en los últimos días por el jefe de Gabinete Marcos Peña de no aplicar las boletas con aumentos hasta que no se resuelva en tribunales el fondo de la cuestión.

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