Condenaron a una clínica a pagar $ 258 mil por caso de mala praxis

La demanda la hizo una mujer que fue sometida a múltiples operaciones. El fallo también hace responsable a una compañía de seguros. La causa se prolongó por casi diez años.

Condenaron a una clínica a pagar $ 258 mil por caso de mala praxis
Condenaron a una clínica a pagar $ 258 mil por caso de mala praxis

La Justicia Civil condenó a la Clínica Francesa y a Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales SA a pagar un monto que supera los 250 mil pesos y podría poner punto final a un litigio por mala praxis entablado por una docente, que hace una década comenzó a sentir molestias a nivel de la cadera izquierda que la hacían, para compensar ese problema, reclinarse en el asiento hacia la derecha.

En el 2000 cesó en sus funciones como docente y comenzó a trabajar en una farmacia, donde debía permanecer durante una extensa jornada de pie, lo que le sigue provocando dolores en la cadera izquierda.

La denuncia tiene su sustento en que uno de los traumatólogos de la Clínica Francesa consideró que había "una columna inestable con discopatía degenerativa y decidió que había que realizar una artrodesis (fijación con osteosíntesis metálica) de los segmentos lumbares considerados inestables, indicándosele que con esa operación mejoraría el dolor, por lo que la actora acepta someterse a la cirugía.

El 14 de febrero de 2006 se le realizó a la actora una "artrodesis lumbar instrumentada", intervención en la que se le extrajeron fragmentos discales y se le colocaron tornillos y barras e insertos óseos posterolaterales, pero por "un sangrado de la herida quirúrgica", la mujer debió ser reintervenida.

Una caída
Al poco tiempo, "debido a la persistente inestabilidad", no solo por el error de diagnóstico y tratamiento sino también por la deficiente colocación del material de osteosíntesis, sufrió una caída desde su propia altura, lo que generó que el 1 de marzo de 2006 tuviera que ser operada nuevamente a los fines de extraer material de osteosíntesis que se había desplazado.

Un radiografía de agosto de 2006 muestra los cambios quirúrgicos en las partes blandas del dorsolumbar y arco posterior, además de artefactos metálicos originados en elementos de osteosíntesis transpediculares izquierdos, hernia discal postero medial que compromete ambos recesos laterales con predominio izquierdo y se extiende al foramen neural derecho en el espacio, con ligero engrosamiento del anillo fibroso del disco del espacio.

Concluye en que existía una columna con lesiones por posturas viciosas, sin signos de compresión, ni irritación de raíces raquídeas que implicaran adoptar un criterio quirúrgico, no obstante lo cual se lleva a cabo la artrodesis con la promesa de una expectativa de mejora del dolor y de la disfunción articular, que no solo no tuvieron ese resultado, sino que además provocaron la aparición de una radiculopatía  y el engrosamiento del anillo del disco que puede llegar a transformarse en una hernia de disco según su evolución natural, signos posoperatorios que han agravado sensiblemente el dolor físico previo a la cirugía.

Consultas
Este calvario llevó a la mujer a consultar a otros profesionales de Mendoza y Buenos Aires, hasta que fue nuevamente operada el 11 de mayo de 2007 en el Español, donde le sacaron el material colocado en la clínica demandada y le pusieron uno nuevo, pero contrajo una infección intrahospitalaria que determinó que debiera operarse nuevamente en julio y octubre de 2007, esta vez en la Clínica de Cuyo.

Con estos antecedentes y la historia clínica, el abogado Manuel Linares demandó a la clínica con el argumento de que "el tratamiento de los médicos que la sometieron innecesariamente a una intervención quirúrgica que en nada mejoró su sintomatología, la enfermedad y dolores que presentaba, sino que tocaron una parte delicadísima de su cuerpo: la columna vertebral, que se encontraba perfecta, sacándole fragmentos de la misma y sustituyéndola por material de osteosíntesis, sin que existiera ninguna patología de columna".

Finalmente el juez Claudio Alejandro Ferrer se explaya en extensas consideraciones apoyadas en aportes de profesionales de la salud y el aporte de citas jurídicas, avalando el planteamiento de la mujer y condenando a la clínica y a la compañía de seguro al pago de 258 mil pesos.

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