Condenada por matar a su marido, absuelta por violencia de género

Una chica fue sentenciada a doce años de prisión por la muerte de su pareja. Estuvo tres años presa pero la Suprema Corte la absolvió cuando comprobó que era víctima de violencia de género. En su barrio la recibieron con aplausos.

La Suprema Corte absolvió a una joven madre de condición humilde que había sido condenada a 12 años de prisión por matar a su pareja. El Máximo Tribunal consideró que vivía una situación de violencia de género que nunca fue considerada por diversos organismos estatales que intervinieron en el caso. La mujer -Vanesa Yanina Ruiz (23)- pasó los últimos tres años y medio en el penal de mujeres de El Borbollón.

"Esto ha sido una verdadera injusticia del sistema. Desde antes de ser detenida ella siempre sostuvo que era víctima de violencia de género. Fue rectificado el error pero el daño que se le ha hecho es irreparable: ella tiene dos hijos. Ayer, cuando llegó a su casa, los vecinos la recibieron con aplausos", dijo ayer el abogado defensor Sergio Carreño, quien recurrió el fallo.

En la tarde del 27 de abril de 2014, Gustavo Andrés Galván (22) llegó hasta la casa de sus padres, en el barrio Grilli de Guaymallén, donde había construido una pequeña casa en la que convivía  junto con su pareja, Vanesa Ruiz, y sus dos hijos.

El hombre estuvo hasta las 21 con sus padres y luego se fue a su casa, ubicada a 25 metros de la de sus progenitores.

Alcoholizado, comenzó una discusión con su pareja que se transformó en un forcejeo. Ella tomó un cuchillo de una mesa para defenderse. El hombre arrancó el cable del televisor, lo que produjo un corte de luz en la vivienda. La pelea siguió en la oscuridad hasta que la mujer le asestó una puñalada fatal.

El caso fue calificado como homicidio agravado por el vínculo y la mujer fue detenida.

En marzo de 2015, Vanesa fue condenada por la Tercera Cámara del Crimen a 12 años de prisión por el delito de homicidio preterintencional. Entonces el abogado Sergio Carreño casó la sentencia.

"Él me golpeaba"

Esta semana la sala penal de la Suprema Corte -con la firma de los jueces Omar Palermo, Jorge Nanclares y Mario Adaro- decretó la absolución de Vanesa.

En las conclusiones de la sentencia se sostiene que "la pareja se desenvolvía en un contexto de violencia de género que, pese a los indicios que figuran en la causa, no fue tenido en cuenta por los diversos organismos estatales que han intervenido en cumplimiento del mandato internacional que obliga al Estado a investigar esos extremos".

Para el Máximo Tribunal la conducta de la joven madre está comprendida en la causal de exculpación porque "había un peligro permanente propio de un estado de necesidad que generaba un potencial riesgo para la vida. Ese peligro se incrementó cuando comenzó una discusión de pareja y cuando la víctima, en un impulso violento, dejó el lugar a oscuras" al tirar el cable del televisor y producir un apagón.

Ante esta situación "no es posible exigir a la mujer la reconducción del conflicto a través de la vías institucionales previstas cuandoéestas se presentan como poco idóneas  para lograr el fin deseado".

Los jueces de la sala penal tuvieron en cuenta que la mujer, aún antes de que se produjera la muerte de su marido, había contado a agentes del Estado de varios organismos que era víctima de violencia de género y que su marido se drogaba, se embriagaba y la maltrataba físicamente.

"Él me golpeaba y yo iba a denunciarlo pero cuando llegaba a la comisaría me arrepentía. Yo no quería lastimarlo, solamente me quería defender. Él siempre se drogaba y rompía todo; me pegaba pero yo no sabía dónde ir con mis hijos", declaró la mujer, quien ni bien se produjo el incidente, confesó a una medica que la asistió, que no había querido lastimarlo.

"La mujer vivió una situación que se podía encuadrar como un peligro 'actual' sino contra la vida, al menos contra la integridad física de la mujer", remata el fallo de la Suprema Corte.

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