Código Civil, reforma nacida con debilidades

Las significativas modificaciones en los Códigos Civil y Comercial de nuestro país se han realizado en un momento poco propicio, con un escaso nivel de consenso, sin intervención de la política donde debía y con intromisión donde no debía. Todas razones q

La reforma del Código Civil argentino y su unificación con el Comercial amenaza con traer aparejadas más dificultades que soluciones por el modo en que se lo ha encarado.

El Código anterior, aún vigente, fue una obra monumental que acompañó a la construcción de un país, a la transformación de un desierto en una nación y que si bien fue sancionado a fines del siglo XIX, se fue actualizando a través de importantes reformas legislativas y el aporte invalorable de la interpretación de los jueces a lo largo de los años.

Si se lo pretende remplazar hay que tener el mayor de los cuidados, cosa que acá no parece haberse considerado.

Más allá de los aciertos o desaciertos técnicos de la propuesta, un texto de tanta significación para la vida cotidiana de las personas y para la manutención del orden social debió haberse gestado con una mayor participación política en el sentido positivo del término.

Vale decir, la intervención de los dirigentes que hoy tienen la responsabilidad de conducir -tanto desde el oficialismo como desde la oposición- los destinos de la república, es fundamental para evitar caer en ciertas vanidades o egocentrismos con los que suelen pecar a veces incluso los mejores trabajos académicos al no estar debidamente contextualizados por los constructores de la realidad.

Por encima de fatuidades de cualquier tipo, el trabajo científico concienzudo debió contar con su integración política para fijar rumbos, ya que en lo único que participó la política, además de la aprobación de este cuerpo legal sólo por parte del sector mayoritario del gobierno y a mera mano levantada sin mayores aportes, fue para introducir en su texto normativas como la que disminuye la responsabilidad de los funcionarios del Estado en lo que aparece como un autoindulto que el poder se otorga para evitar futuras investigaciones por probables ilícitos cometidos.

Por otro lado, es notable, en sentido negativo, la ilegitimidad sustancial de su nacimiento ya que un trabajo de esta envergadura no puede ser aprobado sin intervención ni debate de la totalidad de los sectores políticos porque se trata de un código llamado a regir por décadas durante las que seguramente se alternarán muchos colores partidarios, algunos de los cuales no han tenido la menor intervención en la gestación o aprobación de las normas con lo cual, seguramente en futuras administraciones del Estado, este Código puede llegar a ser revisado sustancialmente.

Todo esto se relaciona con el momento concreto de su aprobación, un tiempo de finales de un régimen y de grandes incertidumbres de todo tipo en el que la sociedad necesita referencias claras y la mayor cantidad de certezas posibles.

Esto lleva a que el mismo cuerpo legal aprobado participe de esta misma incertidumbre.

Al principio de esta editorial sostuvimos que los Códigos que rigen la vida de las personas en todos sus detalles tienen que participar de una idea de país que no suele existir en las transiciones, más aún cuando éstas se encuentran sumidas en tantas polémicas inconciliables que no ayudan a encontrar una legalidad de encuentros y esperanzas compartidas, para correr el riesgo de encerrarse en el espíritu de facción.

En síntesis, son muchas las objeciones con las que nace nuestro nuevo Código Civil y Comercial, tanto de fondo como de oportunidad, con lo cual su eficacia se reducirá significativamente, al menos hasta que se encuentre el momento en que futuras modificaciones lo pongan a la altura de la grandeza que debieron tener sus reformas.

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