La Justicia absolvió a un grupo de policías que fue investigado por el cobro de servicios extraordinarios que habrían cumplido en las instalaciones de YPF.
La semana pasada, en la Tercera Cámara del Crimen, fueron juzgados y absueltos un grupo de policías por el delito de falsedad ideológica que se habría realizado 23 veces. El fiscal Alejandro Iturbide, ante la falta de pruebas, no acusó a los imputados.
Por lo tanto, el juez Eduardo Martearena debió tomar la misma posición y absolvió al subcomisario Juan Eugenio Cruz Barrionuevo, a Pedro Ricardo Córdoba Vegas (coautor), a Mario Digno Agüero Franco (coautor), a Jimena Carolina Yanzón Chichinelli (participación primaria) y a Elizabeth Cristina Gabriel Guevara (participación primaria).
La acusación inicial
Según la investigación previa, el subcomisario Cruz Barrionuevo, entre agosto de 2003 y junio de 2007 se desempeñó como encargado del servicio extraordinario correspondiente a los objetivos Repsol YPF, Batería I "Barrancas", Lunlunta y Batería II "Cruz de Piedra", Agrelo, Ugarteche.
El subcomisario, en su calidad de funcionario público, habría insertado reiteradamente en 23 planillas de cobro oficiales declaraciones falsas.
La presunta maniobra era la siguiente: habría insertado falsamente la documentación que la oficial ayudante Elizabeth Cristina Gabriel y la auxiliar Jimena Yanzón habrían cumplido períodos de servicios extraordinarios, cuando tales circunstancias no se verificaron en la realidad.
Como consecuencia del referido accionar, habría inducido en error a las autoridades del Ministerio de Seguridad, que depositó en cajas de ahorro del Banco de la Nación Argentina pertenecientes a las funcionarias policiales Gabriel y Yanzón, sumas de dinero correspondientes a los pagos de los servicios extraordinarios que nunca habrían cumplido y que correspondían a la contraprestación que sí realizaron efectivamente el cabo Pedro Córdoba y el sargento primero Mario Agüero.
En dinero
Según las referidas planillas oficiales se les liquidaron a Gabriel y Yanzón 520 y 192 períodos de servicios extraordinarios que nunca habrían prestado por 9.412 pesos y 3.475,20 pesos, respectivamente.
En la instrucción se dijo que la auxiliar Jimena Yanzón nunca habría concurrido a prestar servicios extraordinarios en los mencionados objetivos. Por otra parte, esta policía se encontraba imposibilitada legalmente de hacerlo por cuanto no posee arma reglamentaria y, además por prescripción médica se encontraba realizando trabajos sedentarios.
Mientras que la oficial ayudante Elizabeth Gabriel tampoco habría concurrido en ninguna oportunidad a cumplir servicios extraordinarios en los citados objetivos, conforme surge de lo informado por la empresa petrolera. Finalmente estas maniobras no se comprobaron.